19/11/2023JUSTICIA

Una trompada que le costará unos 30 millones de pesos a un rugbier

Un rugbier tendrá que pagar daños y perjuicios por una grave agresión en la playa de Monte Hermoso, luego del brindis del Año Nuevo 2016. Ya había sido condenado penalmente.

Los tradicionales festejos de la llegada de Año Nuevo en Monte Hermoso tuvieron otro cariz entre 2015 y 2016.

Como muchos grupos de jóvenes que se reúnen en Monte Hermoso para esperar el Año Nuevo, el 31 de diciembre de 2015, F.S.B. fue a un parador playero para tomar parte de una fiesta.

Luego de la cena y el brindis tradicional de Fin de Año, se retiró junto con su novia y amigos hacia la rambla céntrica para seguir de festejo y esperar el amanecer.

En esa zona también había un grupo de chicos que jugaban una tocata de rugby. En un momento la pelota cayó cerca de F.S.B., quien la devolvió con un "caño" a M.R.O., uno de los que venía a buscarla.

El rugbier lo consideró una cargada, se lo recriminó con vehemencia y luego, de manera artera, le dio una trompada a la altura del oído derecho, que desplomó al joven de 23 años y lo hizo golpear su cabeza contra un tapial sobre el cordón cuneta.

El herido fue trasladado inconsciente al hospital Carrillo, donde le diagnosticaron traumatismo encefalocraneano grave.

Trasladado a Bahía Blanca, se determinó que había sufrido una fractura parietotemporal y contusiones hemorrágicas, por las que pasó 19 días en coma y debió ser intervenido quirúgicamente en 3 oportunidades y con la necesidad de colocación de una protesis.

El agresor fue condenado por el ataque en la sede penal, pero ahora recibió otra mala noticia.

Los daños y perjuicios que un juzgado en lo Civil y Comercial le había fijado en poco más de 5 millones, fueron elevados a casi 28 millones de pesos, según el reciente fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial bahiense.

En la nota se identifica a los protagonistas solo con las iniciales por una razón de seguridad de la víctima.

Los jueces Leopoldo Peralta Mariscal y Jorge Federico Mercado, de la Sala II, ratificaron la sentencia condenatoria, pero incrementaron notablemente el monto a pagar, que con los intereses seguramente superará los 30 millones de pesos.

Las dos partes habían apelado pero el resultado, claramente, favoreció a la víctima, a quien -en caso de confirmarse la sentencia- deberán pagarle por la incapacidad sobreviniente (superior al 32%), los gastos médicos y de farmacia y el daño moral.

En el juicio penal, con resolución el 5 de noviembre de 2019, el Juzgado en lo Correccional Nº 3 había encontrado probada no solo la autoría y penal responsabilidad sino la extensión del daño causado, las múltiples lesiones y el riesgo de vida y el condicionamiento que sufrió la víctima en su vida laboral y personal.

Análisis y cálculos

Según los camaristas, había que readecuar las indemnizaciones fijadas en los distintos rubros.

Por caso, la incapacidad que sobrevino al hecho, que dejó afectado al joven en un 32,55% de sus posibilidades, se calculó en 12.438.935 pesos, luego de analizar los puntos en discusión sobre los parámetros a tener en cuenta respecto de los ingresos que percibía.

También tuvieron en cuenta el tema de los gastos médicos y de farmacia, que los llevaron a 100 mil pesos.

"Se desprende de la prueba producida la magnitud de la lesión que sufrió, así como también las internaciones, curaciones, e, incluso, intervenciones quirúrgicas que aquella requirió, las que nunca son totalmente cubiertas por las obras sociales ni por los hospitales.

"Siempre hay medicinas que se deben comprar en la farmacia, pago de taxis y remises para el transporte y un sinnúmero de otros gastos que no sería razonablemente exigible acreditar, pues su erogación es obvia y debe presumirse", completó la Cámara respecto de ese rubro.

Por último, con respecto al daño moral, consideraron que "no solo no era excesivo (como planteaba el agresor) sino que resulta notoriamente bajo" el monto calculado en primera instancia.

Sin dejar de tener en cuenta que es un rubro difícil de cuantificar, por carecer de parámetros objetivos, los jueces de segunda instancia fijaron su postura.

Consideraron que la víctima -de clase social media/baja- tenía 23 años al momento del hecho y que sufrió múltiples padecimientos, ya desde esa noche, cuando quedo inconsciente, así como las internaciones, curaciones y operaciones en el cráneo.

Por otro lado, en la actualidad sufre secuelas físicas y psíquicas.

"La agresión que padeció aquel primero de enero de 2016, 'se le vendrá a la cabeza' en todos los comienzos de año, fecha que debería ser un momento de celebración y no de angustia", sostuvieron los jueces.

En esa línea, consideraron que "el placer compensatorio adecuado consiste en el otorgamiento de la suma necesaria para adquirir, como lo solicitó en la demanda y en la expresión de agravios, una vivienda propia, a la que puede acceder -según estimó en la memoria- por la suma de 15.000.000 de pesos".

Prisión en suspenso

Lesiones. En 2019, la jueza Susana González la Riva condenó al agresor a 2 años y 10 meses de prisión en suspenso (no fue a la cárcel), por lesiones leves y lesiones culposas graves.

Acusación. El fallo no conformó a la familia de la víctima. El entonces fiscal Sebastián Foglia había pedido 3 años y 4 meses de cárcel y el abogado de la víctima pretendía 5 años.

Disculpas. El abogado del acusado había solicitado 6 meses de prisión de ejecución condicional, teniendo en cuenta que M.R.O. pidió disculpas.

Mediación. Antes del juicio hubo un intento de la oficina de Mediación de la Fiscalía por conciliar, pero no se llegó a un acuerdo.

La Nueva