26/09/2023JUSTICIA

Crimen de Oriente: Condenan a un hombre a 23 años por matar a su expareja

El fallo conocido este lunes de un juez técnico recayó en Sebastián Calvo, hallado culpable por un jurado popular.

Una pena de 23 años de cárcel le impuso la justicia bahiense a Sebastián Calvo, hallado culpable por un jurado popular de matar a su expareja en Oriente.

El crimen se consumó el 15 de marzo de 2022 en una casa ubicada en Mitre al 400 de esa localidad, donde Calvo le causó la muerte a su expareja por compresión directa en el cuello.

El fallo conocido este lunes lo dictó el juez Técnico Eduardo d’Empaire, luego de considerar los pedidos que hicieron las partes durante la jornada de los alegatos. El fiscal Jorge Viego había solicitado 23 años; la representante legal de la familia de Natalí Rodríguez, la víctima del hecho, requirió 25 años y el defensor particular, Dr. Valentín Rodríguez, pidió la pena mínima de 8 años.

D’Empaire basó la sentencia en el veredicto que previamente dictó un jurado popular, que halló a Calvo culpable de homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación. Asimismo dispuso la aplicación de la Ley Brisa.

Qué conlleva la aplicación de la Ley Brisa

En el fallo, el juez D’Empaire se refirió a la aplicación de la denominada Ley Brisa. Se trata de la normativa que aprobó el Congreso Nacional en 2018, tras la muerte de la hija de Daiana Barrionuevo, la mujer que fuera ultimada en 2014 por su expareja.

La Ley Brisa (N° 27.452) habilita un resarcimiento económico -equivalente a una jubilación mínima- y cobertura integral para menores de edad en aquellos casos de violencia de género o doméstica, cuando el padre de los herederos fuese procesado o condenado por el hecho.