03/01/2024JUSTICIA

Confirman la condena a un militar del Batallón Pigüe por violar a una soldado

Casación ratificó la pena a 7 años y medio de cárcel impuesta por el Tribunal Oral Federal de esta ciudad a Juan Ignacio Rojas, acusado de abuso sexual con acceso carnal durante una guardia en las instalaciones del Ejército en Pigüé.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo condenatorio contra un militar acusado de violar en 2018 a una soldado en instalaciones del Ejército en Pigüé.

En abril pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca (TOCF) le había impuesto al acusado Juan Ignacio Rojas la pena de 7 años y 6 meses de prisión.

El defensor particular Mariano Petrelli, patrocinante del condenado, presentó el recurso casatorio por considerar que la sentencia del TOCF es “arbitraria” y se emitió mediante una “errónea valoración de la prueba”.

Según la defensa, la decisión de los jueces Ernesto Sebastián, Sebastián Foglia y Marcos Aguerrido “sólo se fundó en los dichos de la supuesta víctima, sin atender a otros elementos que permitan atribuir la comisión del delito a Rojas”.

El recurrente planteó que “no se valoraron debidamente” los informes médico y psicológico, así como objetó que no se ponderaron capturas de un chat de WhatsApp del cual “surgiría que la víctima evidenciaba un comportamiento normal luego del supuesto hecho”.

A criterio de Petrelli, los magistrados locales tampoco tuvieron en cuenta el testimonio de la hermana de la damnificada.

Por estos motivos, el abogado solicitó que se case la sentencia y se revoque la condena para después requerir, subsidiariamente, la reducción de la pena recaída sobre su cliente.

Sin embargo, la Sala III de la Casación rechazó la presentación de Petrelli al entender, en consonancia con el tribunal, que el delito imputado a Rojas se acreditó con el “testimonio de la víctima” y “diversas” declaraciones que “reforzaron la hipótesis de la acusación”.

El cuerpo judicial de Bahía Blanca había dado por probado que el 9 de septiembre de 2018, en el puesto Fray Luis Beltrán de la guarnición del Ejército Argentino en Pigüé, mientras cumplían servicios de guardia, el entonces cabo Rojas abusó sexualmente con acceso carnal de la soldado voluntaria C.S.L.B.

Rojas estaba a cargo

Durante el juicio se acreditó que ese día el cabo Héctor Cuevas, jefe del puesto, se retiró antes de la guardia a raíz de una “emergencia familiar” y Rojas lo relevó.

“Siendo que la guardia transcurría sin novedades, aproximadamente a las 14.15 se organizaron los turnos de los descansos, cuya decisión final correspondió a Rojas. C.S.L.B. se retiró a la casilla para descansar y, mientras acondicionaba su cama, ingresó Rojas a quien la víctima le señaló la cama que estaba desocupada para que pudiera descansar”, se indica el fallo del TOCF.

“Luego Rojas le refirió que se quitara su pantalón con la excusa de que estaba mojado, por lo que la víctima se quedó con una calza que tenía abajo, se acostó en su cama y se puso a escuchar música. Rojas se quitó el pantalón, se quedó en bóxer y, al acostarse, le preguntó a C.S.L.B. si su cama era cómoda, instante en el que la víctima -según relató- pensó que quería intercambiar las camas”, agrega el escrito.

“Sin embargo a continuación el imputado le preguntó si quería recostarse con él, a lo que ella respondió que no. Pese a la negativa manifiesta de la víctima, el encartado se dirigió a su cama, se metió debajo de las sábanas y se acostó al lado de ella”.

Acto seguido la tomó del rostro con la mano, la tocó en sus partes íntimas y ejerció fuerza para besarla en la boca. “La víctima intentó sacárselo de encima, pero no tuvo fuerza; había quedado en shock y no comprendía la situación”, continuó la sentencia de origen.

Rojas -relató el documento- continuó sujetando a la denunciante, le quitó la calza y la ropa interior, se quitó el calzoncillo y la “penetró contra su voluntad sin preservativo, al tiempo que le decía ‘te gusta ¿por qué me sacás la mano?’, a lo que la víctima respondió ‘no me gusta, no estoy cómoda, no quiero’”.

“Se escuchó un ruido afuera de la casilla, lo que generó que el imputado se levantara, mirara por la ventana y ajustara con una cuerda el acceso al lugar. Luego se paró al lado de la cama donde estaba la víctima y, al parecer, intentó que le practicara sexo oral, pero la mujer corrió su rostro y se resistió.

“Tras la repetida negativa de C.S.L.B., el imputado se retiró a su cama. La víctima se quedó inmóvil en su cama, tapada en su totalidad con las sábanas. Aproximadamente a las 15, al advertir que (Rojas) estaba dormido, C.S.L.B. pudo salir de la casilla, descalza, con los borceguíes en la mano y se dirigió al puesto donde estaban los restantes soldados voluntarios apostados haciendo la guardia”, se señaló en el fallo.

“Pluralidad” de prueba

Víctima. “A contrario de lo manifestado por la defensa, que centró sus agravios en la arbitraria valoración de la prueba efectuada por el tribunal, existe una pluralidad de elementos que sustentan los hechos relatados. Así, surge del fallo que se dio especial trascendencia al testimonio de la víctima”, dice el fallo por mayoría de los camaristas Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Alejandro Slokar.

Estigmatización. La mujer declaró que no quiso dar a conocer lo sucedido inmediatamente por temor a que la estigmaticen y porque, como estaban de guardia y tenían fusiles con balas, tuvo miedo de que le hicieran daño.

Denuncia. La víctima relató que pasadas 15 horas del hecho llamó a su amiga y a su hermana para contarles lo ocurrido. Más tarde se lo contó a su padre, quien se comunicó con las autoridades militares para ponerlos en conocimiento de los hechos. Ese mismo día denunciaron la agresión sexual.

Resarcimiento. Casación aceptó además que Rojas le pague a la víctima $ 3 millones (actualizados al momento del pago) en concepto de reparación del perjuicio ocasionado, tal como había ordenado el TOCF.

ADN. La defensa interpuso recurso de casación por el envío del perfil genético de Rojas al Registro Nacional de Datos Genéticos, vinculado con delitos sexuales.

Inhabilitación. Al condenado por "abuso sexual con acceso carnal" se lo inhabilitó de manera perpetua para ejercer cargos públicos.

La Nueva